El miércoles 26 de octubre de 2011 el Tribunal Constitucional resolvió no acoger a tramitación el Recurso de Inaplicabilidad presentado Hytech Production Chile S.A., Saprosem S.A., Mansur Agricultural Service Limitada, Erick Von Baer Lochow y otros, respecto al Art. 5° de la Ley de Transparencia, el cual a su juicio incidiría en la resolución del Reclamo de Ilegalidad Rol N° 3726-2010 que hoy está en tramitación en la Corte de Apelaciones de Santiago. Este recurso se refiere a la decisión del Consejo para la Transparencia en el amparo A59-09 que ordenó al Servicio Agrícola y Ganadero entregar información referente a la ubicación de cultivos transgénicos en Chile.
El motivo señalado por el Tribunal Constitucional para no acogerlo a tramitación y tenerlo por no presentado se debe a que no acompañaron dentro de plazo el certificado que debe contener todas las menciones del Art. 79 de la Ley Orgánica del TC, lo cual se había ordenado con fecha 21 de septiembre pasado.
Los requirentes presentaron un Recurso de Reposición el 28 de octubre, el cual fue rechazado por el Tribunal el 2 de noviembre por considerarlo improcedente, con la cual quedó a firme la sentencia dictada el pasado 26 de octubre.