El Consejo para la Transparencia notificó al Ministro de Defensa Nacional y las otras partes involucradas el rechazo al recurso de Reposición interpuesto por el organismo ante la decisión del Consejo que acogió el Amparo presentado por el abogado Paulo Montt Rettig por la denegación de una solicitud de acceso a información pública. El requerimiento inicial del profesional consistió en los antecedentes relacionados con la compra a la empresa Acrow Corporation of America de un puente mecano para instalarse sobre el río Bío Bío. Este fue denegado por el Ministerio argumentando que la compra se había realizado con dineros de la Ley Reservada del Cobre que es secreta y que la divulgación de esta información afectaría la seguridad nacional.
En el fallo (C396-10), dictado el 2 de noviembre, en sus consideraciones el Consejo para la Transparencia argumentó que “en cuanto a la afectación de la seguridad nacional, el Consejo estima que la Ley Nº 13.196, Reservada del Cobre, y nuestro ordenamiento jurídico admite el secreto de los documentos relacionados con la adquisición de equipos y pertrechos militares o policiales (art. 436 Código de Justicia Militar), pero no advierte que esta hipótesis concurra en este caso. Por un lado, el Ejército no ha proporcionado a este Consejo elementos de juicio que le hayan permitido formarse esa convicción. Por otro, la información solicitada dice relación con la adquisición e instalación de un puente mecano sobre el río Bío-Bío a raíz del terremoto de inicios de año, puente que se emplazará en paralelo a los otros ya existentes y, además, estará expuesto al público —para el uso de civiles— con lo que sus características serán conocidas por todos. En este contexto el Consejo no aprecia cómo afectaría a la seguridad nacional la revelación de lo solicitado, de manera que no se justifica alterar la regla general de la publicidad administrativa ni afectar el derecho de acceso a la información administrativa, máxime si ello supone el control social de una contratación pública”.
Ante la resolución del Consejo que ordenó al ministerio de Defensa Nacional entregar la información solicitada, el organismo presentó un recurso de Reposición ante el mismo Consejo en los plazos legales. Tras dar traslado a las partes, Paulo Montt y la empresa Acrow Corporation of America, y analizar sus respuestas, el Consejo Directivo del Consejo para la Transparencia rechazó el recurso por considerar “que, en conclusión, analizado el texto del recurso de reposición en comento, este Consejo estima que no aporta nuevos antecedentes o alegaciones que motiven una conclusión diferente a la arribada por este Consejo en la decisión del amparo C396-10, impugnada en la especie, limitándose a profundizar alegaciones ya vertidas en su oportunidad y señalando los supuestos efectos y consecuencias que, a su juicio, tendría dicha declaración de publicidad, razones suficientes para disponer el rechazo en todas sus partes el recurso de reposición interpuesto por el Ministro de Defensa Nacional, por cuanto, según se indicó, no añade nuevos antecedentes que valorar y que conlleven a modificar o dejar sin efecto lo decidido”.