El presidente del Consejo para la Transparencia, Raúl Urrutia, junto a Camilo Ballesteros de la Universidad de Santiago y Joaquín Walker de la Universidad Católica. |
El presidente del Consejo para la Transparencia, Raúl Urrutia, se reunió con representantes de los centros de alumnos de la Universidad Católica y la Universidad de Santiago con el objeto de dar a conocer la ley sobre acceso a la información pública y las opciones de organizar actividades y charlas en los centros académicos. En la reunión se comentó la utilidad de la normativa como una herramienta para las federaciones de estudiantes, que normalmente requieren de información en sus procesos de evaluación de los sistemas educativos. El presidente del Consejo destacó que todos los estudios que realiza el ministerio de Educación son públicos y que por lo tanto son posibles de solicitar a través de la Ley N° 20.285.
Joaquín Walker, de la Universidad Católica, comentó que la Feuc ha pedido al ministerio de Educación, antecedentes respecto a las evaluaciones que se han realizado a la PSU sin obtener respuesta. Así también, Camilo Ballesteros de la Universidad de Santiago, señaló que existe un alto interés por parte de la federación que integra de conocer la cantidad de fondos públicos que integran los presupuestos de empresas conformadas al interior de la universidad. En ambos casos, el presidente del CPLT les reiteró que esa es información pública que puede solicitarse conforme el procedimiento que establece la ley.
Los estudiantes consultaron respecto a la posibilidad de una capacitación en los ámbitos de las obligaciones de transparencia activa y especialmente todo lo concerniente a buenas prácticas, ya que las federaciones de estudiantes deben publicar a fin de año sus balances y están motivados a hacerlo conforme las instrucciones que ha dictado el Consejo para la Transparencia.
La reunión coincidió con el reciente fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó el Recurso de Ilegalidad interpuesto por la Universidad de Santiago en contra de la decisión del Consejo (C533-09) ante un Amparo interpuesto tras una solicitud de información que la Usach no contestó en forma íntegra y negó en algunas de sus partes. El requirente, Oscar Karadima, había solicitado información respecto a las remuneraciones de algunos profesores, así como informes técnicas y antecedentes que sirvieron de sustento a actos administrativos de la universidad. La universidad alegó que había información sensible que afectaba a terceros y debía notificar a los profesores involucrados, oponiéndose algunos de ellos. El Consejo consideró en el análisis que la información requerida respecto a los académicos era sólo respecto a esa labor (remuneraciones, fecha de contratación, entre otros) por lo cual no era necesario informar ni cabía la oposición.
Este criterio fue compartido por la Corte de Apelaciones, la cual lo señaló en su decisión.