A continuación se presentan las observaciones recibidas a través del proceso de Consulta Pública sobre las disposiciones establecidas por la Instrucción General sobre Transparencia Activa. La información presentada fue recibida a través de diversas fuentes, a saber:
- la Consulta Pública Online
- el canal de consultas institucional contacto@consejotransparencia.cl;
- los oficios elaborados por diversos órganos y servicios públicos obligados por la Ley de Transparencia;
- los informes elaborados por instituciones de la sociedad civil;
- los Grupos Focales realizados en el marco de la Consulta Pública.
Las observaciones recibidas fueron sistematizadas y clasificadas en función de los 6 puntos y 13 acápites que conforman el Instructivo, rescatándose las ideas principales sobre el tipo de información publicada, la forma en que se accede a ella y las posibles modificaciones a realizar en términos de contenido, formato y buenas prácticas.
1. Materias a Informar
- 1.1. Los actos y documentos del organismo que hayan sido objeto de publicación en el Diario Oficial.
- 1.2. Las potestades, responsabilidades, funciones o tareas del organismo respectivo, y el marco normativo que le sea aplicable, el que comprenderá las leyes, reglamentos, instrucciones y resoluciones que las establezcan.
- 1.3. La estructura orgánica del organismo y las facultades, funciones y atribuciones de cada una de sus unidades u órganos internos.
- 1.4. EI personal de planta, a contrata y el que se desempeñe en virtud de un contrato de trabajo, y las personas naturales contratadas a honorarios, con las correspondientes remuneraciones
- 1.5. Las contrataciones para el suministro de bienes muebles, para la prestación de servicios, para la ejecución de acciones de apoyo y para la ejecución de obras, y las contrataciones de estudios, asesorías y consultorías relacionadas con proyectos de inversión, con indicación de los contratistas e identificación de los socios y accionistas principales de las sociedades o empresas prestadoras, en su caso.
- 1.6. Las transferencias de fondos públicos que efectúen, incluyendo todo aporte económico entregado a personas jurídicas o naturales, directamente o mediante procedimientos concursales, sin que éstas o aquéllas realicen una contraprestación recíproca en bienes o servicios.
- 1.7. Los actos y resoluciones que tengan efectos sobre terceros.
- 1.8. Los trámites y requisitos que debe cumplir el interesado para tener acceso a los servicios que preste el respectivo órgano.
- 1.9. El diseño, montos asignados y criterio de acceso a los programas de subsidios y otros beneficios que entregue el respectivo órgano, además de las nóminas de beneficiarios de los programas sociales en ejecución.
- 1.10. Los mecanismos de participación ciudadana.
- 1.11 La información sobre el presupuesto asignado, así como los informes sobre su ejecución en los términos previstos en la respectiva Ley de Presupuestos de cada año.
- 1.12 Los resultados de las auditorías al ejercicio presupuestario del respectivo órgano y, en su caso, las aclaraciones que procedan.
- 1.13. Todas las entidades en que tengan participación, representación e intervención, cualquiera sea su naturaleza y el fundamento normativo que la justifica.
2. Órganos de la Administración del Estado obligados
3. Actualización y completitud
4. Información histórica
5. Órganos y servicios que carezcan de sitios electrónicos
6. Materias del numeral 1 no aplicables a determinados órganos y servicios
7. Usabilidad
8. Ampliación de la transparencia activa
9. Restricciones de uso
10. Links a páginas webs de terceros
11. Link directo al formulario de solicitud de acceso a la información