Andrea Ruiz, abogada jefa de la unidad de normativas del CPLT durante su exposición |
En septiembre entró en vigencia el artículo quinto de la Ley N° 20.416, conocida por muchos como el “Estatuto Pyme”, que fija normas especiales para las empresas de menor tamaño (EMT). El objetivo de esta regulación fue proteger a las empresas más pequeñas ya que las legislaciones tendían a solo tener en cuenta a aquellas de mayor tamaño. Es por ello, que con este artículo en particular, se le exige a todos los ministerios que dicten normas que afecten a las EMT, con excepción de las ordenanzas municipales y los dictámenes de la Administración Central del Estado, a mantener a disposición sus antecedentes bajo las mismas exigencias del artículo 7 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Ximena Clark, jefa de la división de empresas de menor tamaño del ministerio de Economía, explicó que las EMT ofrecen el 60% del empleo formal del país, lo que las convierten en un sector de vital importancia para la actividad del país.
Previo a la entrada en vigencia de este artículo en particular, el ministerio trabajó con diversos organismos para coordinar el trabajo con toda la administración central del Estado. El Consejo para la Transparencia integró estos equipos y en agosto dictó la Instrucción General N° 8 sobre la obligación de informar los antecedentes preparatorios de las normas jurídicas generales que afecten a empresas de menor tamaño.
Andrea Ruiz, jefa de la unidad de normativas del CPLT, destacó que la elaboración de esta instrucción ha sido un caso especial, ya que se redactó en coordinación con el ministerio de Economía, el cual será su principal cliente, lo que además permitió preparar mejor el terreno para la entrada en vigencia del artículo 5° de la Ley N° 20.416. “La instrucción general N° 8 entró en vigencia el 1 de septiembre al igual que el artículo 5° clarificando a todos los organismos cómo debían cumplir con la obligación de publicar la información”, enfatizó.