El Consejo para la Transparencia estableció en su decisión, acorde a antecedentes que se manejaron durante la revisión del caso, que no sería comprensible la denegación de la existencia de esta información estadística, dado que se respondió a una solicitud similar en 2020.
El Consejo para la Transparencia ordenó a la Subsecretaría de Salud Pública entregar el número de personas que fallecieron a causa del Covid-19 y que estuvieran diagnosticadas de co-infección por VIH/SIDA. Los antecedentes son considerados de relevancia para dimensionar el impacto de la pandemia en este grupo.
El caso (amparo rol 5890-21) fue presentado ante el Consejo tras la negativa de la Superintendencia de dar respuesta al requerimiento de estadísticas entre marzo de 2020 y mayo de 2021realizado por un ciudadano, con el argumento de la inexistencia de la información reclamada.
Acorde al texto de la decisión del Consejo Directivo del CPLT, el reclamante habría afirmado que “a su juicio, la falta de entrega de información solicitada parece ser una determinación caprichosa e injusta” al considerar que en diciembre de 2020, éste habría requerido antecedentes similares al Ministerio de Salud y habría recibido lo la información.
En el mismo documento, el Consejo afirma que “llama la atención que el Ministerio de Salud señale no disponer de los datos, cuando en 2020 sí existían en el Departamento de Epidemiología, dependiente de la Subsecretaría de Salud Pública, no siendo comprensible la denegación de la existencia de esta información estadística”.
Asimismo, el CPLT representó al organismo público su incumplimiento a la Ley de Transparencia, al no responder oportunamente, puesto que la respuesta a la solicitud de acceso a la información fue entregada fuera del plazo legal establecido por la normativa.