- Decisión del Consejo para la Transparencia (CPLT) se opuso a lo expuesto por la entidad pública que acusó “una afectación a las funciones del organismo y las relaciones internacionales con otros Estados Soberanos”, se basó en la relevancia de la publicidad de antecedentes que “permite fortalecer y preservar la memoria histórica” de la región.
A partir de un amparo presentado ante el Consejo para la Transparencia tras la negativa de la Subsecretaría de Relaciones Exteriores de permitir el acceso a información contenida en notas diplomáticas entre Argentina, Chile y Perú por la deportación de 13 estudiantes peruanos hace 66 años, el organismo ordenó al servicio la entrega de dichos antecedentes, estableciendo que no se demostraron las causales de reserva aludidas por la entidad pública.
El caso derivó de un requerimiento de información sobre las comunicaciones -oficiales y secretas- entre los gobiernos de Chile, Argentina y Perú relativas al proceso y gestiones en materia de política exterior realizadas con el objetivo de deportar a 13 ciudadanos peruanos en el año 1955 (rol amparo C3245-21).
Al respecto, el CPLT argumentó que la decisión de entrega aludiendo a que “la divulgación de los antecedentes solicitados implicarían un fortalecimiento de las relaciones internacionales con las Repúblicas del Perú y Argentina, los cuales contribuirían a esclarecer circunstancias relevantes vinculadas a las expulsiones de estudiantes de nacionalidad peruana de Argentina y las gestiones perpetradas para su retorno a Perú, permitiendo, consecuencialmente, fortalecer y preservar la memoria histórica Latinoamérica”.