- El tribunal ratificó la orden del Consejo para la Transparencia (CPLT), reiterando la calidad de pública de la información requerida, decisión que replica fallos anteriores de la Corte Suprema.
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el reclamo de ilegalidad interpuesto en contra de la decisión del Consejo para la Transparencia (CPLT) por AFP Cuprum, ratificando de esta forma la orden de entrega a la Superintendencia de Pensiones (SIP) del plan de negocios de AFP Cuprum en el marco de procedimiento de autorización de fusión con la AFP Argentum (Rol N° 517-2019- C1947-19).
La Cuarta Sala del mencionado tribunal consideró -aludiendo a fallos anteriores del mismo tribunal (Roles12.068-2016 y 14198-2017) y de la Corte Suprema (Roles 49.981-2016, 8452-2018 y 8453-2018) que ratificaron decisiones de amparos del CPLT sobre la misma materia (C1510-15,C3180-17 y C2918-17)- que lo solicitado es “un antecedente necesario para la dictación del acto administrativo que probó la autorización de existencia de AFP Argentum, y no se trata, entonces, de un acto meramente privado, de carácter empresarial”.
Asimismo, el fallo afirma que tratándose de una sociedad anónima que por ley administra los fondos previsionales de los trabajadores afiliados la petición de publicidad de estos datos “debe abordarse desde una óptica de interés público y no puramente privada”.