Consejo para la Transparencia valora aprobación del Parlamento a proyecto que limitaría exposición de datos personales a través del padrón

  • Consejo para la Transparencia destacó cambios en la Ley Electoral que, de aprobarse, permitirán reducir exposiciones innecesarias de información personal, como ocurre en el caso del padrón electoral y listas de inhabilitados para sufragar.

Desde el 11 de enero corre el plazo de sesenta días, antes de la realización de las próximas elecciones del mes de abril, para que el Servicio Electoral (Servel) cumpla con la obligación de publicar los padrones electorales y las nóminas definitivos de electores inhabilitados. Y puede ser que este año sea el último en el que estos listados permitan acceder a datos personales como el RUT, sexo y domicilio electoral de los votantes y los inhabilitados para sufragar.

Esto dado que el proyecto de ley que modifica la legislación electoral, despachado este mes por el Parlamento, contempla cambios en la línea de las solicitudes y propuestas realizadas por el Consejo para la Transparencia (CPLT) de evaluar y perfeccionar la normativa vigente en materia electoral, con el fin de evitar lo que, a juicio de este organismo, es una exposición desproporcionada de información personal. La iniciativa debe ser revisada por el Tribunal Constitucional (TC), el que realiza un control preventivo de constitucionalidad.

El Consejo Directivo del Consejo para la Transparencia valoró la aprobación de este tipo de proyectos, que en este caso establece que la versión de los listados que se publican en www.servel.cl no contemplen información personal como el RUT, el domicilio electoral y el sexo de los sufragantes o personas inhabilitadas para votar, como ocurre hasta ahora acorde a la normativa. A juicio de la presidenta de la entidad, Gloria de la Fuente, esto permite ir eliminando prácticas de exposición de datos personales que no son proporcionales a la finalidad de difusión del padrón, pese a que la ley electoral lo establecía así.

“El Consejo plantea desde hace tiempo que esta obligación implicaba una exposición excesiva de información personal que no era necesaria para dar cumplimiento al fin de dar publicidad a los padrones electorales, por lo que estamos a la espera de que se superen los últimos pasos previo a su promulgación”, afirmó la titular del organismo.

Asimismo, dijo la presidenta del CPLT: “Como institución presentamos propuestas de mejoramiento a esta iniciativa, incorporando herramientas que permiten asegurar un debido resguardo a datos personales y sensibles. Hay que considerar que desde 2018 la protección de los datos personales está consagrado como un derecho constitucional, por lo que planteamos la necesidad de revisarlo”.

De la Fuente detalló que la postura del organismo respecto de la difusión de datos como el RUT en listados como el padrón electoral no se asocia a decisiones de la institución, sino que se trata de una obligación establecida en la Ley Electoral. Y destacó la “permanente preocupación que ha tenido el Consejo para la Transparencia para proteger adecuadamente los datos personales y sensibles de los chilenos y chilenas”.

La representante del CPLT aclaró también que la entidad que encabeza no busca negar o poner cortapisas al acceso a datos personales desde fuentes públicas, sino que esto ocurra “bajo reglas claras”. Por ello, para la presidenta del CPLT se requiere avanzar en un ecosistema de seguridad de los datos que implica no sólo mejoras al marco regulatorio como la que despachó el Parlamento.

“Es necesario contar con una normativa que impida usos abusivos o exposiciones injustificadas, pero que asegure que quienes en el ejercicio de una función académica o de definición de políticas públicas pueda acceder a esta información y no deban buscar caminos alternativos para levantar datos relevantes de la población”, dijo.

Multas ante usos abusivos

La titular del Consejo comentó además que el proyecto despachado por el Congreso contempla un aumento de las multas ante el uso de fines no electorales de los datos del Registro Electoral o padrones. Es decir, “lo que se busca es reforzar tratamientos no autorizados de información personal de los votantes sin restringirlo sólo a fines comerciales, sino también considerando los avances tecnológicos, que implican el uso de información para objetivos que no son académicos y que pueden asociarse por ejemplo al perfilamiento de los votantes. Una cuestión que adquiere enorme relevancia en un año en que enfrentaremos siete procesos electorales”.

¿Qué corrige esta modificación a la Ley Electoral?  

La propia Ley electoral indicaba que el padrón y el listado de inhabilitados eran públicos y debía disponibilizarse en el sitio web del SERVEL y mantenerse el acceso al mismo 60 días o más previo a cualquier elección. El CPLT había identificado que la publicación de estos listados incluía datos personales, algunos de ellos sensibles, cuya publicación resultaba excesiva para la finalidad buscada.