El fallo se refiere al Reclamo presentado por Patricio Hermann y José Tomás Fabres en contra del Consejo Nacional de Televisión por supuesto incumplimiento de las obligaciones de transparencia activa que señala la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
La Resolución acoge parcialmente lo expuesto en el Reclamo en materia de transparencia activa, ordenando al organismo reclamado a que se ajuste cabalmente a las obligaciones impuestas en el artículo 7 del cuerpo legal y a las disposiciones relativas al procedimiento de acceso a la información.