Consejo para la Transparencia abre discusión sobre transparencia y acceso a la información para Convención Constitucional y proceso constituyente

  • Documento del CPLT detalla obligaciones extra a las ya establecidas para los integrantes de la Convención Constitucional, hoy en la Carta Magna, y que son similares a las que tiene un diputado en materias como declaración de patrimonio e intereses y Lobby, y abre el debate sobre otras cuestiones que deberá definir el propio órgano una vez constituido y que debieran incluirse en el reglamento que lo regirá. Entre otras: sanciones por incumplimientos, lenguaje y publicidad de sesiones y actas, creación de una web sobre el proceso y uso de redes sociales para informar a la ciudadanía.
  • Presidenta de la entidad, Gloria de la Fuente subrayó que la propuesta del CPLT es una herramienta “que ponemos a disposición de la institucionalidad que será la Convención Constitucional de acuerdo a nuestra experiencia de 12 años en la materia y al contexto de crisis de confianza en las instituciones que estamos viviendo”

Con el fin de colaborar con la confianza y la legitimidad del proceso constituyente a partir de medidas protransparencia y acceso a la información, el Consejo para la Transparencia (CPLT) presentó hoy un documento que apunta a abrir el debate sobre definiciones del reglamento que debe regir las actividades de los constituyentes y el funcionamiento de la Convención Constitucional.

“Lo que no puede pasar en esta convención es que exista una sospecha de que lo que hay son discusiones que se asemejen a la cocina, a estos debates a puertas cerradas”, señaló la presidente del Consejo, Gloria de la Fuente.

A juicio del Consejo se deben poner sobre la mesa una serie de cuestiones que deben discutirse “para construir confianza”, relacionados tanto en el reglamento que regirá a los constituyentes como con la transparencia y acceso a la información de las decisiones y el proceso mismo.

“Hay que garantizar que existan normas en materia de acceso a la información pública, que se garantice el acceso a la información respecto a lo que se está discutiendo en las comisiones, que existan mecanismo de manera que la ciudadanía pueda solicitar información, que el proceso mismo cuente con grados suficientes de legitimidad”.

A juicio de la titular de Transparencia, la propuesta del CPLT es una herramienta “que ponemos a disposición de la institucionalidad que será la Convención Constitucional de acuerdo a nuestra experiencia de 12 años en la materia y al contexto de crisis de confianza en las instituciones que estamos viviendo.  Debemos sacar lo mejor del ecosistema de transparencia y probidad para la iniciativa constitucional tenga confianza ciudadana”.

Acorde a las facultades que le otorga la Ley de Transparencia al Consejo, entre ellas, presentar propuestas de perfeccionamiento normativo en materias de su competencia y colaborar con otros organismos públicos, el CPLT trabajó una serie de propuestas en dos líneas: una centrada en transparentar las actividades de los de los constituyentes, vinculadas a probidad de la función pública y conflictos de interés, y otra relacionada con propuestas para el reglamento que regulará cómo operará la Convención y cómo se informará a la ciudadanía de sus acciones y decisiones.

“En menos de 4 meses tendremos elección de constituyentes, que formarán la Convención Constitucional, órgano encargado de elaborar y redactar la nueva Constitución. Y ya existen algunas definiciones en la Constitución actual respecto de las actividades de los convencionales -que apuntan fundamentalmente a obligaciones en materia de probidad y conflicto de intereses como registros de Lobby y y declaración de patrimonio e intereses, similares a las que debe cumplir un diputado”, explicó Gloria de la Fuente.

En el caso de las declaraciones de patrimonio e intereses, éstas, acorde al Consejo, deben ser públicas y disponibilizarse en un sitio web que deberá habilitar el órgano constituyente, pudiendo reforzar su publicidad a través del portal administrado conjuntamente por el CPLT y Contraloría, www.InfoProbidad.cl. La sugerencia del organismo apunta a que estas declaraciones las realicen los   candidatos a la Convención Constitucional voluntariamente al momento de presentar su candidatura ante el Servicio Electoral.

En cuanto a la actividad de Lobby y gestión de intereses particulares, se propone que dado que los convencionales deberán registrar audiencias y viajes realizados y los donativos recibidos en el ejercicio de sus funciones, estos sean publicados en los mencionados sitios web. Como criterio extra, el CPLT sugiere que además de las agendas públicas, se disponibilice en las plataformas documentos, minutas o insumos que reciban los convencionales en estas citas, junto con el detalle de los asuntos abordados en éstas. Y dado que, acorde a disposición constitucional, la Convención debe conformar una Secretaría Técnica, se plantea que los miembros de dicha instancia también queden sujetos a estas obligaciones.

El CPLT considera también clave otorgar mayor transparencia y publicidad al proceso constituyente en todas sus etapas e instancias, dado que las personas deben mantenerse informadas sobre cómo se desarrollará el proceso, los modos de selección y elección de los candidatos a constituyentes, los procedimientos de adopción de acuerdos, entre otros aspectos. Para ello establece obligaciones en materia de transparencia activa –de forma de posibilitar un procedimiento que garantice que cualquier persona pueda acceder a información en poder del órgano-, transparencia proactiva y un régimen de publicidad para actas y sesiones del órgano constituyente.

Para el Consejo la regla general debe ser la publicidad de todos los antecedentes en manos de la Convención, y que sólo excepcionalmente exista la posibilidad de declarar la reserva en casos previamente calificados y por causales expresamente contempladas en el reglamento, las que deberán justificarse, acreditando en el acta correspondiente que se afectaría gravemente la seguridad de la nación o el interés nacional.

Para fiscalizar el cumplimiento de obligaciones de los constituyentes en diversas materias, aplicar sanciones en caso de incumplimientos, y con el fin de garantizar el ejercicio del  derecho de acceso a la información ante el órgano constituyente, el Consejo sugiere crear una Comisión de Ética y Transparencia, encargada de dotar de mayor transparencia a los actos del órgano. Esta instancia será la encargada de tramitar las solicitudes de acceso que se formulen, y también de determinar, mediante resolución fundada, los casos en que, excepcionalmente pueda denegarse el acceso a los antecedentes requeridos, por concurrir alguna de las causales que se contemplen en el reglamento de esta instancia.

Sesiones vía streaming y votaciones públicas

Otro de los aspectos que aborda el CPLT es la difusión de una serie de cuestiones propias del funcionamiento de la Convención Constitucional, como es la publicidad de las sesiones, votaciones de los constituyentes, actas y otros documentos que obren en poder del órgano. En este sentido será clave la creación de un sitio web para disponibilizar contenidos, actas, streaming de las sesiones, entre otros insumos que permitan a la ciudadanía el control de las acciones del órgano constitucional.

Respecto de las sesiones, tanto de las comisiones como de la sala de la Convención Constituyente, el criterio del Consejo es que sean públicas y que sean transmitidas íntegramente a través del sitio web creado para difundir aspectos del proceso, así como también deberán difundirse extractos por televisión abierta –mediante un canal nuevo u otro existente-.

En el caso de que excepcionalmente se establezca su reserva, ésta sólo podrá aplicarse respecto de sesiones específicas y debidamente individualizadas. Sin perjuicio de ello, deberá publicarse igualmente un extracto sobre el contenido de la sesión y las razones que justificaron su reserva, como también quiénes participaron en la instancia y el tiempo que sesionaron. Una vez que el texto constitucional definitivo haya sido aprobado o, en su defecto, rechazado, el contenido íntegro deberá ser público.

Acorde al Consejo las votaciones de los Convencionales Constituyentes, en tanto, serán siempre públicas. Y las actas, tanto de comisiones como de sala, deberán quedar disponibles en la web del proceso dentro de los tres días hábiles siguientes a la realización de la sesión. Éstas deberán contener un resumen de los asuntos tratados, los participantes, los acuerdos adoptados y los votos emitidos por cada constituyente.

Asimismo, se plantea como propuesta confeccionar un manual en el que se explique cómo sesionarán los constituyentes, así como las etapas del proceso y otra información relevante, en un lenguaje claro y comprensible. Dicho documento se publicará y distribuirá de manera gratuita en el Portal “Proceso Constituyente Transparente”, para promover el control ciudadanos y fiscalización del funcionamiento.

Inglés, mapudungún y uso de redes sociales

En cuanto al lenguaje, el CPLT sugiere que se adopten las medidas para que las actas e informes sobre los debates en sala y comisión estén disponibles íntegramente en idioma mapudungún. Y, acorde a la experiencia islandesa, propone traducir al inglés los últimos borradores del texto Constitucional y publicar en la página web y en redes sociales para acercar a diversos actores e interesados extranjeros y/o pertenecientes a organismos internacionales al proceso constituyente chileno y controlar su regularidad. Puede considerarse también la traducción a otros idiomas de pueblos indígenas.

También respecto del uso de redes sociales como Instagram, el Consejo considera fundamental su uso para difundir materiales, documentos y contenidos elaborados con ocasión del proceso constituyente. Asimismo, sugiere habilitar un canal de respuesta a preguntas que la población pueda realizar por estos canales.

Presupuesto de la Convención

El CPLT también plantea dar publicidad vía plataforma electrónica creada para comunicar hitos del proceso el presupuesto aprobado para el funcionamiento del órgano constituyente, con actualizaciones mensuales e informando la totalidad del presupuesto ejecutado en el mes anterior, como cada gasto efectuado por la convención, incluyendo la dieta o remuneración de los constituyentes y sus asesores. Toda esta información deberá quedar disponible procurando la utilización de un lenguaje claro y acompañada de gráficos y otros recursos visuales que faciliten su comprensión.

Finalmente, la presidenta del Consejo para la Transparencia, subrayó que “lo relevante es iniciar la discusión para que cuando se dé inicio a la convención constitucional, electas y electos cuenten con la información necesaria para la toma de decisiones en cuanto a transparencia y probidad”.