Santiago, 30 de agosto de 2019.-
Ante las consultas hechas por parlamentarios a esta institución relativas al tratamiento de datos del Ministerio de Educación (Mineduc), el Consejo Directivo del Consejo para la Transparencia (CPLT) acordó lo siguiente:
- El tratamiento de los tres bancos de datos informados por el Ministerio de Educación en sus presentaciones, encuentra sustento en una base de licitud que la habilita a su procesamiento, esto es, la regla contenida en el artículo 20 de la Ley N°19.628.
- La política de privacidad del Ministerio de Educación, específicamente en lo concerniente a la utilización de las cuentas de correo electrónico registradas en el Sistema de Admisión Escolar, para el envío de información relativa al proyecto de ley que establece un sistema de selección por mérito con inclusión en los establecimientos educacionales de alta exigencia académica y de especialización temprana (Boletín N°12.488-04), fue utilizada en conformidad a las reglas establecidas por el ordenamiento jurídico.
- Con todo, para que en lo sucesivo situaciones como la de la especie no se presten a confusión, se recomienda al Ministerio de Educación revisar sus políticas de privacidad, precisando el ámbito y los objetivos para los que hayan obtenido los datos personales que han de tratar.
- El Consejo para la Transparencia hará seguimiento de las medidas que adopte el Ministerio de Educación para dar cumplimiento al presente pronunciamiento, el cual tendrá por finalidad principal conocer el nivel y forma de adaptación de las políticas del Ministerio en materia de tratamiento de datos personales a la ley vigente.
- Finalmente, con miras a promover las mejores prácticas en la materia y, en virtud de la atribución contenida en el literal k) del artículo 33 de la Ley de Transparencia, que confiere a esta Corporación la atribución de colaborar con los órganos públicos en el ámbito de su competencia, este Consejo pone a disposición del Ministerio de Educación su experiencia técnica, para realizar actividades que potencien las capacidades institucionales de dicha Secretaría de Estado, en materia de protección de datos de carácter personal. Esta propuesta de colaboración comprende el desarrollo de instancias de capacitación dirigidas a funcionarios directivos, jefaturas, profesionales, técnicos y administrativos de su ministerio que participen en cualquier proceso vinculado al tratamiento de bases de datos personales.
Junto al acuerdo, resuelto por mayoría dirimente, el CPLT insiste de forma unánime en la urgencia de contar con una nueva ley de Protección de Datos Personales -iniciativa que actualmente se tramita en el Congreso Nacional- en el entendido que entregará mayores atribuciones a esta entidad.