1. ¿Qué se entiende por transparencia activa en las empresas públicas?Es la obligación que tienen las empresas públicas creadas por ley, las empresas del Estado y las sociedades en que el Estado tenga participación accionaria superior al 50% o mayoría en el directorio de publicar cierta información sobre su estructura, organización de la empresa, sus responsabilidades, objeto social, y estados financieros entre otros.
2. ¿Cuáles son las empresas obligadas a informar de acuerdo a esta Instrucción?-Televisión Nacional de Chile,
-Empresa Nacional de Minería,
-Empresa de Ferrocarriles del Estado,
-Corporación Nacional del Cobre de Chile,
-Banco Estado, entre otras.
3. ¿Qué información debe publicar cada empresa de acuerdo a esta instrucción?-Marco normativo que le sea aplicable (Leyes, reglamentos y/o estatutos que crean la empresa o sociedad, y que definan sus responsabilidades, funciones)
-Organigrama de su estructura orgánica u organización interna y las funciones y competencias de cada una de sus unidades u órganos internos.
-Estado financiero (el balance general, el estado de resultados, el estado de flujo de efectivo, las notas explicativas y otros anexos complementarios que formen parte integrante de los estados financieros)
-Memorias anuales.
-Sus filiales o coligadas y todas las entidades en que tengan participación, representación e intervención, cualquiera sea su naturaleza y el fundamento normativo que la justifica.
-La composición de sus directorios y la individualización de los responsables de la gestión y administración de la empresa.
Información consolidada del personal y la remuneración total percibida por el personal de la empresa, de forma global y consolidada.
-Remuneraciones anuales de cada Director, Presidente Ejecutivo o Vicepresidente Ejecutivo y Gerentes responsables de la dirección y administración superior de la empresa.
4. ¿Cómo y dónde deben publicar la información de Transparencia Activa las empresas públicas?Las empresas públicas deberán publicar la información de Transparencia Activa de manera clara y precisa, bajo un banner especialmente dedicado a este ítem, incluido en un lugar fácilmente identificable en la página de inicio de sus respectivos sitios web institucionales.
5. ¿Qué comprende el marco normativo de las Empresas Públicas?Comprende las leyes, reglamentos y/o estatutos a través de los que se creó la empresa o sociedad y, también, las demás normas legales o reglamentarias que les atribuyan responsabilidades, funciones, tareas o definan su objeto social específico.
6. ¿Qué se entiende por gerentes responsables de la dirección y administración superior de la empresa?Son aquellos gerentes que tengan la capacidad de determinar los objetivos, planificar, dirigir o controlar la conducción superior de los negocios o la política estratégica de la entidad, ya sea por sí solos o junto con otros. En el desempeño de las actividades precedentemente señaladas no se considerará la calidad, forma o modalidad laboral o contractual bajo la cual el directivo esté relacionado a la entidad, ni el título o denominación de su cargo o trabajo.
7. ¿Qué se entiende por gestión y administración de la empresa?Gestión de la empresa corresponde a las actividades que constituyen el giro propio de ésta y por administración de la empresa, las actividades que le sirven de apoyo o soporte instrumental a ese giro propio (por ejemplo, en materias administrativas o jurídicas), independientemente del nombre que se asigne al cargo que las sirva.
8. ¿Qué se entiende por sociedades filiales o coligadas?Es sociedad filial de una sociedad anónima, que se denomina matriz, aquella en la que ésta controla directamente o a través de otra persona natural o jurídica más del 50% de su capital con derecho a voto o del capital, si no se tratare de una sociedad por acciones o pueda elegir o designar o hacer elegir o designar a la mayoría de sus directores o administradores”. Asimismo, “La sociedad en comandita será también filial de una anónima, cuando ésta tenga el poder para dirigir u orientar la administración del gestor”.
Es sociedad coligada con una sociedad anónima aquella en la que ésta, que se denomina coligante, sin controlarla, posee directamente o a través de otra persona natural o jurídica el 10% o más de su capital con derecho a voto o del capital, si no se tratare de una sociedad por acciones, o pueda elegir o designar o hacer elegir o designar por lo menos un miembro del directorio o de la administración de la misma”. Asimismo, “La sociedad en comandita será también coligada de una anónima, cuando ésta pueda participar en la designación del gestor o en la orientación de la gestión de la empresa que éste ejerza”.
9. ¿Qué se entiende por entidades en que se tenga participación, representación e intervención?Es toda organización, independientemente de la forma jurídica que posea —si la tuviere— como, por ejemplo: personas jurídicas con fines de lucro, fundaciones, corporaciones, institutos, asociaciones gremiales, etc., bastando para estar obligado a informar cualquier tipo de vínculo de participación (societaria, accionaria o membrecía), representación (en los órganos de decisión, directorio, por ejemplo) e intervención (cualquier otra forma de participación en las decisiones de la entidad).
10. ¿Las obligaciones de Transparencia Activa para las Empresas Públicas son las mismas exigibles para el resto de los órganos y servicios de la Administración del Estado?No, los órganos y servicios de la Administración del Estado se rigen, en general, por las normas contempladas en el artículo 7° de la Ley de Transparencia. Por su parte, las Empresas Públicas se rigen por lo dispuesto en el artículo Décimo de la Ley 20.285.