La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó una decisión del Consejo para la Transparencia que ordenó a la Municipalidad de Las Condes entregar el listado de morosos con deudas anteriores a 2009 por concepto de patentes municipales. El caso se originó en una solicitud presentada por un particular en junio del año pasado, la que había sido denegada por el municipio.
Este había argumentado que los antecedentes pedidos afectaban la honra y derechos económicos de los deudores. Ante ello, el particular recurrió al Consejo, el cual resolvió unánimemente en su favor, estableciendo que la información sobre el pago de derechos municipales es de carácter público, al igual que la identidad de los deudores y el monto adeudado.
Frente a ello, la municipalidad presentó un recurso de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones, la cual, sin embargo, ratificó los criterios del Consejo. Así, hizo notar que “la información requerida es pública, en tanto forma parte del acto municipal, a través del cual se persigue el cobro de las obligaciones morosas o su castigo, así como por tratarse de información elaborada con presupuesto público”. Teniendo, además, un origen legal –estimó-, no corresponde aplicar a ella las normas sobre protección de datos personales.
En el razonamiento del tribunal y tratándose de una deuda de carácter tributario, ella “constituye un reflejo de las cargas públicas, e involucra un evidente interés público que justifica su publicidad”.
La decisión fue adoptada por unanimidad por los ministros Dobra Lusic, Adelita Ravanales y la abogada integrante María Teresa Álvarez. Ello, aunque Ravanales estuvo por acoger parcialmente el recurso en lo referido al nombre y rut de los deudores morosos, por estimar que ello constituye información personal.