- También estableció la calidad de pública de información sobre acciones impulsadas para cumplir con el Plan Nacional de Derechos Humanos.
Tras acoger un amparo (C5083-21) por una solicitud de información sobre las medidas dispuestas por el Ejército para el respeto de los derechos humanos de los ciudadanos, así como actos en pro del cumplimiento del Plan Nacional de Derechos Humanos, entre otros temas, el Consejo para la Transparencia (CPLT) decidió su entrega al determinar la calidad de pública de dichos antecedentes.
El caso fue conocido por el Consejo tras su presentación ante el órgano encargado de velar por el cumplimiento de la Ley de Transparencia, toda vez que el solicitante consideró que la rama castrense sólo había dado respuesta parcial a su requerimiento.
En específico, la solicitud de información contempló entre otras cuestiones: “las medidas, para el respeto irrestricto a los derechos humanos de los ciudadanos, tomadas por la institución, ordenadas o dispuestas por el comandante en jefe que indica, desde el 1 de octubre al día de hoy. Ordenar por fecha, desde que han sido dictadas o al menos publicadas, identificado el documento (número y fecha) por medio del cual se ordenaron o dictaron estas”. Además de información por fecha de “las medidas y actos adoptados por el Comandante en Jefe que indica, en cumplimiento del Plan Nacional de Derechos Humanos”.
Asimismo, se requirieron antecedentes sobre otros temas como las eventuales visitas que el comandante en jefe de la rama a oficiales en retiro o activos que estuvieran en prisión preventiva, identificando sus nombres, cuestión que no fue acogida a partir de la jurisprudencia del CPLT que establecería que “la individualización de las personas que visitan a los internos de un recinto penitenciario, constituyen datos personales”, acorde a lo explicitado en la ficha del amparo.
De esta manera, el Ejército tiene un plazo limitado para entregar esta información, pero la entidad podría presentar un reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones.
Lo informado por el Ejército
A partir de la decisión del Consejo Directivo del CPLT, que a juicio del organismo en el caso de las acciones pro derechos humanos y al plan mencionado “no permiten satisfacer” el requerimiento, la institución uniformada deberá entregar detalles.
En su respuesta, el Ejército informó al respecto “que actúan en conformidad a los artículos 6° y 7° de la Carta Fundamental, sometiendo su acción a la Constitución y al ordenamiento jurídico vigente, además de realizar permanentemente difusión e instrucción respecto del texto del Decreto Supremo de 2020, de la Defensa Nacional, que establece las Reglas de Uso de la Fuerza” para las Fuerzas Armadas en los Estado de Excepción Constitucional.
Sobre el Plan Nacional de Derechos Humanos, en tanto, la Institución puntualizó el desarrollo de varias acciones relacionadas con diversos temas y entregó especificaciones del contenido de los cursos para Oficiales y/o Suboficiales asociados a la temática particular.