Corte de Apelaciones de Santiago rechaza reclamo de ilegalidad contra decisión del CPLT

Este jueves 29 de julio la 5ª sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, rechazó unánimemente un reclamo de ilegalidad deducido por CIPER Chile en contra del Consejo para la Transparencia.

El recurso fue interpuesto por dicho medio de comunicación a raíz de la decisión del amparo C450-09, en que se concluye que no resulta aplicable a Polla Chilena de Beneficencia, y en general, a las empresas públicas y del Estado, las normas sobre derecho de acceso a la información, sino sólo las referidas a la transparencia activa, con el contenido especial del artículo décimo de la Ley N° 20.285.

La sentencia, causa rol 608-2010, es la primera que aborda el fondo la aplicabilidad del derecho de acceso a las empresas del Estado y que ratifica íntegramente el voto de mayoría del Consejo en la materia. Así, la Corte de Apelaciones de Santiago determinó que las empresas públicas no se encuentran obligadas a cumplir con los principios de transparencia pasiva y dar acceso a la información de sus actividades propias.

En los vistos 14° y 15° del  fallo la Corte de Apelaciones establece:

“Que como ya quedó claro de los razonamientos expuestos en esta sentencia, el legislador, al crear el Consejo para la Transparencia no le reconoció la función de garantizar el derecho de acceso a la información cuando fuera ejercido respecto de empresas del Estado, como lo prueba además el hecho de que el artículo décimo de la Ley Nº 20.285 regulara, de un modo especifico, los términos en que éstas deberán divulgar los antecedentes que allí se precisan”.

“Que, por consiguiente, ese órgano del Estado carece de facultad para otorgar derecho de acceso a la información que terceros interesados ejerzan respecto de empresas el Estado para solicitarles informes o antecedentes específicos relativos a su giro, de suerte que al resolver el aludido Consejo que carece de competencia en tal sentido, sobre la solicitud que el reclamante formuló a Polla Chilena de Beneficencia S.A., no incurrió en la ilegalidad denunciada en esta sede”.

Ciper Chile había solicitado a Polla Chilena copia de documentos relativos a la licitación pública internacional destinada a contratar la provisión de servicios tecnológicos de administración de juegos de azar, adjudicada a la empresa GTECH Corporation, solicitud que fue denegada, tras lo cual recurrió al Consejo para la Transparencia. Sin embargo, en su decisión, el CPLT declaró el amparo como inadmisible por incompetencia del Consejo para su conocimiento.

 

Ver sentencia de la causa Rol 608-10